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ABIERTO EL PLAZO PARA LA SOLICITUD DE AYUDAS NO PERIÓDICAS QUE GESTIONA EL CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES

(03/03/2008) Crear PDF de la noticia imprimir

Estas ayudas son concedidas por el Instituto Murciano de Acción Social y van dirigidas a personas mayores, personas con minusvalía y personas con carencias

La concejal de Política Social Mariana Gómez y el trabajador social del Centro de Servicios Sociales Vicente Martínez han dado a conocer las ayudas que concede el  Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) y cuyo plazo de solicitud ya se ha abierto.

Estas ayudas van dirigidas a pensionistas, como a personas con minusvalías o aquellos que presentan carencias económicas o necesidades graves, existiendo dentro de estas ayudas las periódicas y las no periódicas.  “La diferencia entre no periódicas y las periódicas es que las primeras están destinadas a necesidades más puntuales, mientras que las periódicas son ayudas que se realizan mensualmente” declaró Vicente Martínez.

Las ayudas destinadas a pensionistas contributivos y no contributivos y sus cónyuges, que se pueden solicitar hasta el próximo 30 de abril. Las que van dirigidas a personas que presentan una minusvalía mayor del 33% o que puedan tenerla si no reciben tratamiento, tienen de plazo hasta el 31 de marzo, existiendo un segundo plazo que se prolongará hasta el 13 de junio. Por su parte las ayudas a residentes en Murcia con carencias económicas, tienen de fecha para solicitarlas hasta el 30 de abril, y por último, las ayudas destinadas a residentes en Murcia con necesidades graves, se pueden pedir hasta el día13 de junio. 

Las ayudas no periódicas de pensionistas están destinadas a aseo personal, limpieza doméstica, electrodomésticos, como calentador, cocina, frigorífico y lavadora, prótesis, ya sean gafas, audífonos y prótesis dentales, dietas especiales, adaptación funcional del hogar, ayudas para vehículos, e incluso adaptación del vehículo a motor, transporte, equipamiento y arreglo de viviendas, entre otras. Las cuantías destinadas a estas ayudas pueden  oscilar desde 150 euros hasta 4.000 euros, y para poder solicitarlas es necesario cumplir diferentes requisitos, como estar empadronados, no haber recibido ayudas similares en los dos años anteriores y carecer de bienes, entre otros.

Junto a éstas, existen también las ayudas periódicas que están también destinadas a personas mayores, discapacitados, familias necesitadas sin ingresos y familias con menores en riesgo social.

Al igual que las anteriores, para poder solicitar estas ayudas es necesario cumplir varios requisitos siendo diferentes según la ayuda que se solicite. Las cuantías pueden oscilar desde 55 euros hasta 780 euros, y a diferencia que las no periódicas estas cuantías se reciben mensualmente. Estas engloban ayudas económicas para el cuidador y residentes, ayudas económicas para tratamientos periódicos y ayudas económicas para eliminar el riesgo social de los menores, entre otras.

Todas estas ayudas, tanto las periódicas como las no periódicas, se tramitan desde el centro de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Jumilla, y posteriormente desde la Comunidad Autónoma, y para ello un técnico especializado debe de realizar un informe social. Si estas ayudas se conceden, posteriormente se deberá de hacer un seguimiento periódico cada 3 o 6 meses.

Las ayudas no periódicas comenzaron a concederse en el año 1999, y hasta este año, la media ha sido de 130 ayudas concedidas. De éstas, en el periodo de 1999 a 2007, la media de las dirigidas a personas mayores ha sido de 69, a personas discapacitadas de 37, a familias con carencias han sido 20 y, por último, las de urgente necesidad han sido 6 ayudas.  En cuanto a cantidad, la medida anual en este periodo ha sido de 65.541 euros.

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Fotos: Ayuntamiento de Jumilla


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