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LOS DIFERENTES COLECTIVOS DEPORTIVOS DE JUMILLA PUEDEN SOLICITAR SUBVENCIONES HASTA EL 30 DE OCTUBRE

(01/10/2009) Crear PDF de la noticia imprimir

Deben presentar diferentes documentos y el modelo de solicitud se encuentran en las oficinas de la Concejalía de Deportes

La concejalía de Deportes del ayuntamiento de Jumilla ha abierto el plazo para que los diferentes colectivos deportivos puedan solicitar subvención. El plazo se abre el 1 de octubre y concluye el 30 del mismo mes.

Las asociaciones deportivas que pueden optar a estas ayudas son las que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones. El modelo de solicitud estará a disposición de las diferentes asociaciones deportivas en las oficinas de la Concejalía de Deportes. Las solicitudes deberán ser debidamente cumplimentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Jumilla.

La solicitud deberá ser suscrita por quien ostente la representación de la asociación y en ella constará el nombre completo de la misma, el NIF y el domicilio a efectos de notificación. Deben acompañar distintos documentos: Instancia individualizada por cada actividad, firmada por el Presidente de la Asociación, o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada. Con la solicitud también deben presentar la memoria o proyecto detallado y presupuesto total pormenorizado, que recoja de forma explicita las actividades y programas que la asociación pretende sean financiadas por parte del Ayuntamiento, declarando obligatoriamente la adjudicación o petición, en su caso, de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, concedidas por otras Administraciones o Entes Públicos o Privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Igualmente deben acompañar a la solicitud el plan de financiación de la actividad o proyecto, determinando los recursos propios que la asociación va a destinar al mismo y la subvención que se pretende de la Concejalía y la declaración responsable de no encontrarse incurso en las prohibiciones para ser beneficiario de subvención, en los términos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones. También deben presentar la Declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social y el certificado de la entidad financiera donde conste el número de cuenta de la Asociación donde se ingresará la subvención en caso de ser concedida.

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Fotos: Ayuntamiento de Jumilla


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