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Medio Ambiente recuerda a los propietarios de inmuebles la obligación de disponer del certificado de eficiencia energética

(28/11/2013) Crear PDF de la noticia imprimir

Se trata de un informe en el se contiene toda la información sobre las características energéticas y la calificación del inmueble, que servirá al futuro inquilino para conocer el gasto de energía que

La Concejalía de Medio Ambiente recuerda la obligación que tienen aquellos ciudadanos que vayan a vender o a alquilar su vivienda o local, de disponer del  certificado de eficiencia energética, ya que en el se contiene toda la información sobre las características energéticas y la calificación del inmueble o de parte del mismo.

De esta forma, según informa Medio Ambiente, el propietario o promotor del edificio, ya sea de nueva construcción o existente, deberá disponer del certificado de eficiencia energética, y mostrarlo a cualquier comprador o arrendatario interesado en la vivienda, además de entregárselo si finalmente compran o alquilan el inmueble.

Dicho certificado lo puede emitir cualquier técnico que esté en posesión de una titulación académica y profesional habilitada para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación, realización de proyectos de instalaciones térmicas, o para la suscripción de de certificados de eficiencia energética, y tendrá una validez máxima de 10 años a partir de la fecha de inscripción en el registro, siendo el propietario el responsable de su renovación, y siendo igualmente obligatoria la renovación del mismo al finalizar dicho periodo.

Tras la emisión del certificado se debe solicitar, ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Región de Murcia, la emisión de la etiqueta de eficiencia energética que será el distintivo que va a permitir constatar que un inmueble cuenta con la correspondiente calificación energética.

Esta etiqueta debe utilizarse en toda la publicidad para venta o alquiler de los inmuebles, y además debe exhibirse en los edificios ocupados por las autoridades públicas y frecuentados habitualmente por el público con una superficie útil total superior a 250 m2, y en edificios privados frecuentados por público con una superficie superior a 500 m2.

En función de los resultados obtenidos se asignará al inmueble un código de color según una escala que va de la categoría “A” (la más eficiente) a la “G” (la menos eficiente). No es necesario tener una excelente calificación en la etiqueta para vender o alquilar una vivienda; sin embargo, será una valiosa información que el futuro inquilino o comprador tendrá en cuenta a la hora de tomar una decisión de adquirir o alquilar la vivienda, ya que estará relacionada con el posterior gasto de energía y su repercusión al medio ambiente una vez adquirida o alquilada la vivienda, favoreciendo la promoción de viviendas de alta eficiencia energética.

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