Los proveedores empezarán a cobrar en junio, no teniendo que hacer éstos gestión alguna ya que recibirán las transferencias en las cuentas indicadas por ellos en la fase anterior del procedimiento.
Ayer lunes, se celebró Pleno Extraordinario para la aprobación de la operación de endeudamiento a largo plazo, al amparo del RD 4/2012, de 24 de febrero, avanzando así ya en la fase final del procedimiento extraordinario puesto en marchar por el Gobierno central en febrero de este año.
Finalmente el montante al que asciende la operación es de 4.796.750,95 euros e incluye más de 3.090 facturas de más de 400 proveedores distintos, mayoritariamente del municipio, deudas que en algunos casos se remontan al año 2008.
La cantidad final, según lo marcado por el RD 4/2012, incluye:
- Obligaciones pendientes de pago recogidas en las relaciones iniciales remitidas por las Entidades locales hasta el día 15 de marzo, y respecto de las cuales los contratistas, directamente o a través de aquéllas, hayan manifestado su voluntad de acogerse al procedimiento del Real Decreto ley 4/2012, de 24 de febrero.
- Obligaciones pendientes de pago que consten en los certificados individuales que se hayan emitido por las Entidades locales reconociendo la existencia de deudas con proveedores.
- Obligaciones pendientes de pago correspondientes a solicitudes de certificaciones Individuales presentadas por los proveedores, pero que no han sido contestadas por las entidades locales (artículo 4.3 del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero).
- Obligaciones pendientes de pago con contratistas que, habiendo aceptado la aplicación del citado Real Decreto-ley 4/2012, estén sujetos a procedimientos de embargo o de concurso de acreedores. Las cuantías correspondientes a estas obligaciones no se ingresarán a los contratistas embargados, sino a los entes embargantes, en cuanto estén identificados.
La operación de endeudamiento aprobada ayer con un importe de 4.796.750,95 euros, se hace por un plazo de 10 años, siendo los dos primeros de carencia y el tipo de interés el coste de financiación del Tesoro Público a los plazos señalados más un margen máximo de 115 puntos básicos al que se añadirá un margen de intermediación de un máximo de 30 puntos. La garantía será la participación de los Tributos del Estado.