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Lunes - 7 de Julio 2025

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El Alcalde informa de la obligación del cumplimiento de la Ordenanza sobre tenencia y proteción de animales.

(06/10/2011) Crear PDF de la noticia imprimir

Puedes recoger en el Ayuntamiento, de forma gratuita, bolsas para los excrementos de los animales.

El Alcalde de Jumilla, Enrique Jiménez Sánchez, responsable del Área de Medio Ambiente, siendo consciente de que es responsabilidad de los poderes públicos, el mantener de forma ordenada y respetuosa los vínculos que unen a personas y animales, y teniendo en cuenta que para su regulación existe una Ordenanza Municipal sobre la Tenencia de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos, recuerdo a los ciudadanos de Jumilla, que sean poseedores de animales, que entre sus obligaciones se encuentran las de:

IDENTIFICAR AL ANIMAL CON MICROCHIP

Todo cánido que se encuentre habitualmente en el término municipal de Jumilla ha de constar inscrito en el Censo Municipal y circular provisto de Microchip que implantará el Veterinario Colegiado. La Técnica utilizada para la implantación del microchip es inocua para el animal y no compromete su bienestar.

¿Por qué se lo debes poner?

1.- Porque el Microchip es un D.N.I para los animales, inviolable, inalterable e individual, que permitirá tener identificado al animal en todo el mundo. Es el vínculo legal entre el animal y el propietario.

2.- Porque el animal, en cuanto se le inserte el Microchip, estará registrado en una base de datos y si se extravía, se pierde, se escapa, lo atropellan o lo roban el Microchip permitirá localizar al dueño rápidamente.

3.- Porque es posible controlar más fácilmente los animales que puedan sufrir enfermedades e incluso las infecciosas que pueden ser transmitidas a los seres humanos, y así se garantiza un mayor control sanitario e higiénico.

4.- Porque  la autoridad municipal podrá requerir a cualquier propietario o poseedor de cánido que acredite  documentalmente el hecho de la efectiva identificación, e inscripción en el Censo Municipal y el incumplimiento de la obligación de identificar a los animales, tal y como señala el artículo 47 de la Ordenanza Municipal, se sanciona con multa   de 1.502,54 a 3.005,06 euros.

Porque todo son ventajas ¡PÓNSELO!

CONTROL EN LA VÍA PÚBLICA

Los propietarios o poseedores de animales deberán tenerlos en la vía pública siempre bajo su control mediante una correa o similar para evitar daños o molestias a los ciudadanos, salvo en aquellos lugares catalogados y/o señalizados para el paseo y esparcimiento de perros. Los perros potencialmente peligrosos además deberán circular por la vía pública con bozal.

El que un animal de compañía circule por la vía sin ir sujeto por cadena o correa y collar, está considerado por la Ordenanza Municipal como infracción leve correspondiéndole una sanción de 30.05 a 300.51 Euros, y en el caso de animales potencialmente peligrosos, el que se encuentren sin bozal o sin cadena es considerado como infracción grave, sancionable con multa de 300.52 a 2.404,05 Euros.

RECOGIDA DE EXCREMENTOS DE ANIMALES

La Ordenanza Municipal prohíbe las deposiciones fecales de perros, gatos y cualesquiera otros animales en cualquier espacio público, excepto en los lugares que el Ayuntamiento habilite a tal fin. La persona acompañante del animal está obligada a eliminar las deposiciones fecales del animal, mediante su recogida en bolsas de plástico o papel que tras su correcto cierre podrá depositar en las papeleras públicas, en las bolsa de basura domiciliaria, u otras instalaciones destinadas a tal fin.

Con este fin en el departamento de Medio Ambiente del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla, se reparten de forma gratuita bolsas para recoger las deposiciones de los animales.

La no retirada de excretas, también está considerada como infracción leve por la Ordenanza Municipal, sancionable con multa de 30.05 a 300.51 Euros.

OBLIGATORIEDAD DE LA LICENCIA PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

Todos los propietarios de animales potencialmente peligrosos están obligados a obtener la licencia administrativa de tenencia de este tipo de animales que será otorgada por el Ayuntamiento del municipio de residencia del solicitante.

Los propietarios de los citados animales que residan en Jumilla podrán obtener el modelo de solicitud de la mencionada licencia en el Departamento de Medio Ambiente o en la página Web del Ayuntamiento de Jumilla.

El poseer un perro potencialmente peligroso sin licencia está clasificado en la Ordenanza Municipal como una infracción muy grave y sancionable con multa comprendida entre 2.204,06 a 15.025,3 euros.

La Concejalía de Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla, está siendo muy celosa en el cumplimiento de la Ordenanza Municipal de Tenencia de Animales de Compañía y Potencialmente Peligroso, y desde esta Alcaldía se pide a los ciudadanos de Jumilla poseedores de animales su colaboración para compatibilizar la tenencia de animales con la higiene del municipio, la salud pública y la seguridad de las personas y bienes, evitando de este modo el inicio de expedientes sancionadores.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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