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Desestimado el recurso interpuesto contra el Ayuntamiento de Jumilla por parte de la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia

(23/09/2026) Crear PDF de la noticia imprimir

La sentencia del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo Nº6 de Murcia avala la modificación del reglamento para instalaciones deportivas y declara que no hubo vulneración del derecho a la igualdad ni del derecho a la liberta religiosa recogidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución

La alcaldesa de Jumilla, Seve González, ha informado esta mañana en rueda de prensa sobre la sentencia firme del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Murcia relativa al recurso presentado por la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia contra el Ayuntamiento de Jumilla por la modificación del reglamento de instalaciones deportivas.

La primera edil ha explicado que la modificación aprobada por el Ayuntamiento tenía como finalidad establecer que estas instalaciones municipales fueran utilizadas para la práctica deportiva, evitando su utilización para actividades ajenas a este objetivo, como cumpleaños, conciertos o ferias.

Durante su intervención, la alcaldesa ha defendido que la regulación no establecía ninguna distinción entre las personas que quisieran utilizar las instalaciones para practicar deporte, señalando que cualquier ciudadano podría hacerlo con independencia de sus circunstancias personales o creencias.

La sentencia, conocida ahora de forma firme y oficial por el Ayuntamiento este pasado lunes 21 de septiembre, desestima el recurso interpuesto por la Delegación del Gobierno. La alcaldesa ha destacado especialmente que, según el informe jurídico al que ha hecho referencia durante la rueda de prensa, la modificación no vulnera en ningún momento el derecho a la igualdad ni vulnera el derecho a la libertad religiosa reconocidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución.

Seve González ha señalado que la resolución judicial llega después de más de un año desde la polémica generada en torno a esta modificación del reglamento y ha defendido el trabajo desarrollado por los funcionarios, la Secretaría General, el servicio jurídico y los técnicos municipales durante la tramitación de la medida.

La alcaldesa también ha cuestionado durante su intervención el uso político que, a su juicio, se realizó de esta cuestión por parte de la Delegación del Gobierno y del grupo socialista municipal, afirmando que se llegó a poner en duda el trabajo de los profesionales del Ayuntamiento.

Por último, la sentencia del Tribunal Contencioso-Administrativo Nº6 de Murcia también refleja que los actos impugnados y el acuerdo de pleno son conformes a derecho y que no concurre causa de nulidad de pleno derecho ni de anulabilidad y procede desestimar íntegramente el recurso presentado por la Delegación del Gobierno.

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