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Miércoles - 23 de Septiembre 2026

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Desestimada la querella que interpuso el Delegado del Gobierno en Murcia contra este Ayuntamiento por el acuerdo de PLENO de modificación del reglamento de instalaciones deportivas

(23/09/2026) Crear PDF de la noticia imprimir

Hoy la alcaldesa de Jumilla, Seve Gonzalez, a través de rueda de prensa, ha dado a conocer a todos los jumillanos la  notificación de la sentencia de la sección de lo Contencioso-Administrativa del Tribunal de Instancia de Murcia, nº6, recibida hace dos días,  con respecto a la querella que interpuso contra este Ayuntamiento el delegado del Gobierno en Murcia  representado y defendido por la Abogacía del Estado, y apoyada de forma pública por el grupo socialista en este ayuntamiento.

La polémica que se creó el pasado verano del 2025 en Jumilla, con respecto al acuerdo de PLENO de modificación del reglamento de instalaciones deportivas, modificación dirigida a que estas instalaciones se usasen única y exclusivamente con ese fin, es decir, de la práctica del deporte.

Una modificación puramente administrativa, que algunos y algunas aprovecharon para hacer política, para llamarnos racistas,  xenófobos y, lo que es más grave, para dejar en mal lugar a Jumilla y a todos los jumillanos.

La justicia ha sentenciado que:

QUE NO HUBO VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA IGUALDAD, RECOGIDO EN EL ARTÍCULO 14 DE LA CE.

QUE NO HUBO VULNERACIÓN RESPECTO DE LA LIBERTAD RELIGIOSA RECONOCIDA EN EL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN.

QUE  “LAS denuncias del Delegado de Pedro Sánchez en la región, RELATIVAS A LA LIBERTAD RELIGIOSA, IGUALDAD, NEUTRALIDAD CONFESIONAL, RESERVA DE LEY, FALTA DE MOTIVACIÓN Y PROPORCIONALIDAD Y VULNERACIÓN DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA GESTIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO, HAN SIDO DESESTIMADAS, …..

 

 LOS ACTOS IMPUGNADOS, EL ACUERDO DE PLENO, SON CONFORMES A DERECHO.

 NO CONCURRE CAUSA DE NULIDAD DE PLENO DERECHO NI DE ANULABILIDAD Y PROCEDE DESESTIMAR INTEGRAMENTE EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO PRESENTADO POR LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MURCIA, ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, REPRESENTADA Y DEFENDIDA POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO”.

 

Ahora, una sentencia de la sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia nº 6 de Murcia, dice que EL ACUERDO DE PLENO NO vulnera ningún artículo de la Constitución ni del Código Civil, y además, aleja cualquier duda sobre el trabajo de los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Jumilla, servicios que también cuestionaron, incluso con iniciativas en Pleno.

El acuerdo de PLENO fue legal, no vulnera ni la Constitución ni el Código civil.

Actuamos conforme a Ley, así lo ratifica la sentencia, y así seguiremos trabajando por Jumilla y los jumillanos.

 

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