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Plazo solicitudes Banco de Alimentos

(11/03/2011) imprimir

La Concejalía de Política Social informa que se ha abierto el plazo para presentar las solicitudes para el Banco de Alimentos Municipal que permanecerá abierto hasta el próximo lunes 21 de marzo. Los principales requisitos para poder acceder a este programa es estar empadronado en Jumilla mínimo un año, tener ingresos inferiores a 187 euros al mes por cada miembro de la unidad familiar, además de tener cargas familiares y estar desempleado, entre otros.

Las Bases del Banco Municipal de Alimentos se han publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), donde se señala que el objeto es la convocatoria de ayudas a familias para la entrega de lotes de alimentos y productos básicos en lo que se ha denominado “Banco Municipal de Alimentos”.

Las presentes bases tienen como finalidad convocar, mediante un procedimiento ordinario, en régimen de concurrencia, la entrega de lotes de alimentos y productos básicos a familias que reúnan los requisitos establecidos en estas bases y que se encuentren en una situación de precariedad económica. Para ello se ha habilitado una partida inicial por importe de 30.000 euros.

Según estas bases, serán destinatarios de estos lotes las familias que se encuentren en una situación de necesidad y que acrediten el cumplimiento de los requisitos y que se determinen como beneficiarios por resolución del órgano competente.  Entre los requisitos que han de reunir se encuentran: Estar empadronados en Jumilla, como mínimo 1 año antes de la solicitud, lo que deberá de justificar aportando certificado de empadronamiento; estar todos los miembros de la unidad familiar desempleados, acreditado con tarjeta de demanda de empleo, no ser perceptores de prestaciones, o en todo caso, contar únicamente con prestaciones de tipo asistencial inferiores al 25% del SMI, per cápita, acreditado con certificados emitidos por SEF o INSS. Además otro de los requisitos es tener hijos menores a cargo, acreditado con el libro de familia, o tener hijos mayores que no dispongan de ingresos propios y que dependan económicamente del beneficiario, así como los cónyuges sin hijos a cargo y que carezcan de otro tipo de ayudas y tengan más de 55 años.

Igualmente deben acreditar que no son perceptores de alimentos ni por parte de Cruz Roja ni de Cáritas, salvo que su extrema necesidad aconseje también la ayuda municipal, teniendo en cuenta que los beneficiarios de estos lotes de alimentos y productos no podrán percibir ayudas económicas de este Ayuntamiento para la compra de alimentos de conformidad con lo establecido en la Ordenanza municipal reguladora del Otorgamiento de Ayudas de Urgente Necesidad y, por último estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias de ámbito local.

Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentarán hasta el día 21 de marzo en el Registro general del Ayuntamiento de Jumilla, dirigido al Excmo. Sr. Alcalde de Jumilla, para su tramitación y resolución.

 Según las bases, el Ayuntamiento de Jumilla entregará directamente a cada unidad familiar beneficiaria del banco de alimentos, un máximo de 4 lotes de alimentos y productos básicos, durante toda la vigencia de las presentes ayudas, que se fija en seis meses, por importe máximo anual de 600 euros, que se entregarán con una periodicidad mínima de 15 días.

Las personas interesadas pueden obtener más información en el Centro de Servicios Sociales o en el Registro General del Ayuntamiento, donde están y se deben presentar las solicitudes.


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